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El Poder Judicial decidió prorrogar trabajo remoto hasta el 31 de marzo

La medida busca proteger a jueces, trabajadores y litigantes ante nuevos contagios del coronavirus.

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Hasta el 31 de marzo, el Poder Judicial (PJ) mantendrá las dos modalidades de trabajo implementadas en la institución, presencial interdiario y remoto, con el fin de cuidar la salud de los jueces, el personal jurisdiccional y administrativo, así como la de los usuarios del sistema, frente al nuevo coronavirus.

De acuerdo con la Resolución Administrativa N° 000023-2021-P-CE-PJ, las presidencias de la Corte Suprema de Justicia de la República y de las cortes superiores de justicia serán las responsables del cumplimiento de las medidas que buscan garantizar la continuidad del servicio de justicia.

Así, el trabajo presencial interdiario se efectuará de 9:00 a 14:00 horas. Los titulares de los distritos judiciales, de acuerdo con su realidad y ubicación geográficas, podrán establecer jornadas de 8:00 a 13:00 horas y de 7:00 a 12:00 horas.

En este último caso, informarán al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y adoptarán los mecanismos para el control adecuado del ingreso y salida de los magistrados, así como del personal jurisdiccional y administrativo.

El trabajo remoto, en los días no presenciales, se efectivizará en la jornada de ocho horas diarias, de acuerdo con la Versión N° 4 del reglamento ‘Trabajo remoto en los órganos administrativos y jurisdiccionales del Poder Judicial’.

Los servidores coordinarán con sus jefes inmediatos, agrega la Resolución Administrativa N° 000023-2021-P-CE-PJ, que prorroga el protocolo ‘Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio establecido por el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, y prorrogado por los decretos supremos Nros. 051 y 064-2020-PCM’.

Retiro

La resolución autoriza a los jueces a retirar los expedientes con la finalidad de efectuar el trabajo remoto.

En los despachos judiciales tradicionales podrán designar al personal a su cargo para esta labor, y en los corporativos, esa tarea la asumirá el administrador.

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